Desde el inicio de la emergencia sanitaria en el Ecuador, se hizo evidente algo de lo que todos hablaban antes en voz baja, la mediatización de la justicia, los juicios que se discutían en redes sociales, las presiones sobre los operadores de justicia, cuando se requería una sentencia para poder ejecutar una operación política, la distorsión de la realidad de los procesos para que el poder de turno tenga sus trofeos para salir en las ruedas de prensa, lo hemos visto de todo, especialmente en los juicios mediáticos que se sustanciaban en la Corte Nacional de Justicia, y que la fiscalía necesitaba para sostener su posición política y la sensación de que se lucha contra la corrupción, especialmente si es contra del opositor de turno, ahora, luchar contra la corrupción es armar juicios sin pruebas, con peritos ignorantes en los temas que peritan, ofreciendo acuerdos a testigos que no tienen la menor forma de respaldar sus dichos, haciendo ruedas de prensa en los recesos de las audiencias, armando auténticas campañas mediáticas, para desacreditar a procesados, testigos de la defensa y por último a sus abogados, ¿Cuál es el límite entre la lucha anticorrupción y caer en la corrupción misma de crear juicios mediáticos?, ¿Cómo se debe esperar una justicia imparcial, ante esta avalancha de presiones contra jueces y operadores de justicia?.
¿Si tenemos un asesino, que tenemos la certeza de que lo es, pero no tenemos pruebas para lograr una sentencia, lo condenamos por la presunción?, bueno la respuesta es simple, no podemos, sin pruebas no hay delito, pero vivimos en un submundo de supuestos mediáticos, donde cualquier persona se encuentra empoderada de opinar sobre los temas judiciales más abstractos, sin tener una noción del daño que se puede hacer al establecer una opinión infundada, especialmente en temas penales, donde se juega con la libertad de las personas, generando opinión y presión por un resultado judicial.
Ahora, tenemos el otro lado de la moneda, las audiencias obscuras, de las que nadie habla, donde se dan dictámenes impresentables, donde a puerta cerrada, la vida de las personas se ve estremecida, dentro las estridencias de los dictámenes sin voz, ahí, el principio de publicidad, no existe, no se aplica, no se lo recuerda.
¿Hasta donde debe llegar el principio de publicidad para que no se convierta en justicia mediática?, ¿Hasta donde deben llegar los abogados, los fiscales y los jueces en sus declaraciones, es sus entrevistas, en sus formas de comunicar?, eso es la interrogante que nos llena la cabeza, cuando analizamos los procesos desde los dos lados de la balanza, según el COIP, la fiscalía tiene la obligación de ser imparcial en sus investigaciones, pero ¿puede ser imparcial la fiscalía si desempeño es calificado según la cantidad de casos que llegan a sentencia?, ¿es justo imputar a una persona solo para lograr mejorar tus estadísticas?, el análisis es profundo, pero debe ser hecho con mucha autocritica por parte de todos los involucrados, especialmente los medios de comunicación, donde se repiten las ideas emitidas, con o sin fundamento, casi sin un filtro, solo el de llegar a la mayor cantidad de personas posibles y en cualquier medio disponible.
Entonces se debería establecer una línea base, para todos los actores de los procesos, dando a entender claramente, que los procesos se deben llevar a cabo en los juzgados, no en televisión, radio o redes sociales, las víctimas, los procesados, los operadores de justicia, los jueces y los abogados tienen sus derechos consagrados en las leyes y en la constitución, y no se puede criticar
ni afectar su honra o sus derechos, por una estadística o por satisfacer un rating, ya que en ese maremágnum de opiniones, un día podríamos ser victimarios con una opinión pero mañana podríamos ser las victimas en un proceso, solo porque es bueno para alguna parte o medio.